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¿Qué es el Testamento Vital?

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Artículo escrito por: José Trecet

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El testamento vital o Documento de Instrucciones Previas es un documento en el que una persona indica su voluntad respecto a los tratamientos médicos a los que desea someterse o evitar en caso de que no pueda expresarse por sí misma, así como qué destino quiere dar a sus órganos y a su cuerpo.

En otras palabras, el testamento vital, también llamado testamento de voluntades anticipadas es una forma de dejar registrado por escrito si quieres quedar en animación asistida, hasta qué extremos quieres que lleguen los médicos para preservar tu vida o si quieres donar tu cuerpo a la ciencia al fallecer. Su principal función es servir de guía para facultativos y familiares en caso de que tú no estés en condiciones de hacerlo.

¿Qué incluye el testamento vital?

El documento de últimas voluntades puede expresar las voluntades del autor sobre:

  • Los cuidados y tratamientos médicos que desea recibir en caso de enfermedad terminal o irreversible. Es decir, hasta dónde pueden llegar los médicos para preservar su vida.
  • Si quiere donar sus órganos al fallecer o donar su cuerpo a la ciencia.
  • Si quiere ser enterrado o incinerado.
  • Quién será su representante legal, que es quien deberá interpretar las instrucciones del testamento vital y tomar las decisiones para su ejecución.

En resumen, se trata de instrucciones que pueden evitar más de un quebradero de cabeza y discusiones a familiares sobre cómo actuar en caso de que no estés capacitado para expresar tu voluntad.

Límites la Documento de últimas voluntades

El testamento vital también tiene limitaciones. Por mucho que quieras, los sanitarios no podrán llevar a cabo actuaciones contrarias a ley como, por ejemplo, practicarte la eutanasia o acelerar tu muerte.

Es decir, sí que podrán no conectarte a máquinas que alarguen tu vida o desconectarte de ellas, pero no pueden administrarte medicamentos que te ayuden a morir.

Del mismo modo, los médicos tampoco tomarán decisiones contrarias a las buenas prácticas clínicas o acordes al buen criterio profesional.

Quién puede otorgar un testamento vital

El testamento vital se puede otorgar al alcanzar la mayoría edad, aunque los mayores de 16 años emancipados también pueden hacerlo.
Los otros requisitos para hacer un testamento vital son estar en pleno uso de tus facultades mentales y expresarse libremente, sin estar sujeto a ningún tipo de coacción.

En este sentido, las personas incapacitadas judicialmente podrán otorgar un documento de últimas voluntades si la sentencia que los incapacitaba no lo prohíbe expresamente y está en capacidad de hacerlo.

Cómo se hace un testamento vital

La gestión del testamento vital está cedida a las comunidades autónomas, que son quienes se encargan de otorgar y de regular este documento.

La ley general recoge tres formas de tramitar el documento:

  • Ante notario.
  • Ante tres testigos que deberán firmar el documento y de los que dos no podrán ser familiares ni tener una relación económica con la persona que otorga el testamento vital.
  • Ante personal del Registro autonómico.

Una vez escrito el documento, hay que inscribirlo en el Registro Público dentro del apartado de Registro de Instrucciones Previas de cada comunidad autónoma. En caso de ser necesario, el médico podrá acudir al Registro Nacional de Instrucciones Previas (RNIP) para consultarlo.

Además, de forma excepcional, los pacientes en un contexto de riesgo vital pueden dar instrucciones en cualquier soporte que exprese su libre e inequívoca voluntad. En ese caso, a la documentación hay que sumar la historia clínica y la firma del médico y del enfermero que le hayan precisado la atención necesaria.

¿Cuándo se empiezan a aplicar las últimas voluntades?

¿A partir de qué comento son válidas las instrucciones del testamento vital? Desde el momento en el que se redactan y se otorgan.

Su inscripción en el RNIP hará que se puedan consultar en cualquier momento por parte de quien haya otorgado el documento, sus representantes legales o los profesionales sanitarios que tengan que prestarle asistencia.

Estas instrucciones tienen validez hasta que se revoquen esas voluntades o se redacte un nuevo testamento vital.

¿Se puede cambiar el testamento vital?

Por supuesto, igual que un testamento al uso, el testamento vital se puede modificar en cualquier momento.

Para cambiarlo bastará con redactar uno nuevo que sustituya al anterior e inscribirlo en el Registro.

También se puede anular un testamento vital ya redactado sin necesidad de hacer uno nuevo.

En ambos casos, es recomendable destruir el documento antiguo y, en el caso anularlo, avisar a los testigos con los que se hizo.

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