Si eres inversor en criptomonedas y tienes más de 50.000 euros en criptoactivos fuera de España, te interesa saber cómo funciona el modelo 721 de la Agencia Tributaria (AEAT), cuándo hay que rellenarlo, qué activos incluye, cómo se rellena y si estás obligado a Hacerlo.
¿Qué es el modelo 721 de criptomonedas?
El modelo 721 de “Declaración informativa de monedas virtuales en el extranjero” es la adaptación del modelo 720 al mundo de las criptomonedas. Se introdujo a raíz de la aprobación de la Ley 11/2021 de medidas antifraude.
Como su propio nombre indica, este modelo sirve para informar a Hacienda de los criptoactivos que tienes en exchanges y wallets fuera del país. Se trata de una declaración informativa, que no implica el pago de impuestos. Simplemente sirve para que el fisco tenga controladas tus criptomonedas.
Eso sí, no cumplir con la obligación de presentar el modelo 721 o presentarlo de forma incorrecta sí que puede acarrear una multa por parte de la AEAT.
¿Quién debe presentar el modelo 721 sobre monedas virtuales?
Están obligados a presentar el modelo 721 los propietarios de criptomonedas en el extranjero por un valor superior a 5.000 euros. Si tu cartera cripto no alcanza esa cifra, no tendrás que rellenar esta declaración informativa.
Debes tener en cuenta que las empresas del sector, desde exchanges, creadores de criptomonedas y servicios de claves criptográficas están obligados a informar a Hacienda de sus flujos a través de los modelos 172 y 173 de “Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales” y “Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”, respectivamente.
De hecho, más allá del modelo 721, Hacienda ya te avisa a través de tus datos fiscales para la renta, que sabe que ha realizado operaciones con criptomonedas.
¿Qué criptomonedas hay que incluir?
Desde la Agencia Tributaria delimitan qué se considera una moneda virtual, que sería la “representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente”.
Esta definición tan genérica incluye todas las criptomonedas y tokens del mercado. De hecho, para curarse en salud, si se anuncia como criptodivisa, entrará dentro del modelo 721.
En cualquier caso, la consulta vinculante v2290-23 de la Dirección General de Tributos (DGT) aclara qué criptomonedas y servicios hay que incluir.
A partir de ahí, solo hay que informar de las criptomonedas en el extranjero. Los criptoactivos que estén en plataformas nacionales o con establecimientos permanentes en el país no habrá que incluirlas.
Cuándo se entiende que una criptomoneda está en el extranjero
Esta es la clave de toda la declaración informativa sobre monedas virtuales. Según la AEAT, una criptomoneda está en el extranjero cuando la empresa o persona que almacena los criptoactivos no está obligada a informar según la disposición adicional 13ª.6 de la Ley del IRPF.
La DGT es algo más clara y precisa que una criptomoneda estará en el extranjero cuando:
- Sean custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
- Cuando esas personas no sean residentes en España o establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero.
¿Qué información hay que incluir en el modelo 721?
La información que hay que facilitar a Hacienda incluye:
- Datos personales de las personas extranjeras que proporcionan el servicio de salvaguardar las monedas virtuales.
- Identificación completa de cada tipo de moneda virtual.
- Saldos de cada moneda virtual a 31 de diciembre, tanto en euros como su equivalente en euros.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 721?
El modelo 721 se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a la información que hay que suministrar.
¿Es necesario presentarlo todos los años? Será necesario volver a presentar el modelo 721 siempre que se produzca un incremento superior a 20.000 euros sobre la última declaración.
También habrá que volver a presentarlo para informar sobre las criptomonedas que de las que ya no seas titular.
Sanciones por no presentar el modelo 721
Las sanciones han sido la parte más polémica del modelo 720, hasta el punto de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que eran desproporcionadas y obligó a cambiar el modelo a Hacienda.
Para el modelo 721 Hacienda prevé una multa de 300 euros por no presentarlo y de 150 euros por hacerlo de forma incorrecta. A esto se puede sumar 20 euros por cada registro no declarado y 10 euros por fallos en los datos.
Recuerda que Hacienda dispone de un plazo de 4 años para revisar si has presentado el modelo y sancionarte. Este periodo se extiende a 5 años si has cometido un delito fiscal y de 10 años para delitos fiscales agravados.




