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¿Cómo funcionan los impuestos en Canarias y su Zona Especial Canaria (ZEC)?

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Artículo escrito por: José Trecet

Publicado: 29 mayo, 2024

Puntos clave:

La localización geográfica y su buen clima no es la única diferencia de Canarias con el resto de España. También los impuestos canarios son distintos al resto de la Península y tienen ciertas ventajas fiscales que incluyen su propio IVA (el IGIC canario) y la Zona Especial Canaria (ZEC).

¿Qué impuestos hay en Canarias? Es precisamente lo que vamos a tratar en este artículo.

Impuestos en Canarias: Ventajas fiscales en Canarias: del IGIC al ZEC

En Canarias se pagan los mismos impuestos en el resto del país. Como el resto de regiones, Canarias adapta el tramo autonómico del IRPF con sus propios tipos de la renta, que son los siguientes:

Base liquidable hasta €Cuota íntegra €Resto base liquidable hasta €Tipo aplicable %
0012.450,009,00
12.450,011.120,505.257,2011,50
17.707,211.725,0815.300,0014,00
33.007,213.867,0820.400,0018,50
53.407,217.641,0836.592,8023,50
90.000,0116.240,3930.000,0025,00
120.000,0123.740,39en adelante26,00

También dispone de deducciones propias ajustadas a la región, igual que en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con reducciones y bonificaciones para el impuesto sobre las herencias.

Por ejemplo, Canarias aplica una reducción de 138.650 euros para herencias de hijos menores de 21 años, una cantidad que se va reduciendo hasta los 40.400 euros para los hijos de 21 años. Además, existe una bonificación del 99,9% para las herencias entre ascendientes, descendientes, cónyuges, tíos y hermanos.

Para las donaciones, existe una bonificación del 95% por la donación de empresas o elementos de una actividad económica y de participaciones en entidades no cotizadas.

Canarias también cuenta con su adaptación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como de los impuestos municipales.

Sin embargo, la gran diferencia en los impuestos en Canarias son su IVA propio y la ZEC, que veremos a continuación.

El IGIC Canario

El IGIC es el Impuesto General Indirecto Canario, que se conoce como el IVA canario. Y es que en Canarias no se aplica el Impuesto sobre el Valor Añadido, sino que se utiliza el IGIC para gravar las entregas de bienes y servicios realizadas por empresas y profesionales residentes en Canarias.

El funcionamiento del IGIC es básicamente el mismo que el IVA, ya que quien lo abona es el consumidor final, aunque lo van pagando empresarios y autónomos a lo largo de la cadena de producción.

Tipos del IGIC

El IGIC canario funciona con sus propios tipos impositivos, que son diferentes a los del IVA. Son los siguientes:

  • Tipo Cero de IGIC ( 0%): Se aplica sobre bienes de primera necesidad como el agua, productos sanitarios, ciertos alimentos, libros, periódicos y revistas, viviendas de protección oficial y el transporte aéreo o marítimo entre islas.
  • Tipo de recargo minorista del 1,5%: Se aplica a las importaciones de bienes sujetas y no exentas.
  • Tipo Reducido de IGIC del 3%: Se aplica sobre la industria minera, química, maderera, papelera, sector textil, transporte terrestre y reparación de vehículos.
  • Tipo General de IGIC del 7%: Es el tipo general canario, mucho más reducido que el IVA general del 21%.
  • Tipo Incrementado de IGIC al 9,5%. Se aplica sobre algunas entregas de vehículos y medios de transporte.
  • Tipo Incrementado de IGIC al 15%. Se aplica sobre cigarros, bebidas alcohólicas, productos peleteros y artículos de perfumería.
  • Tipos especiales de IGIC al 20% y al 35% sobre determinados tabacos.

Operaciones exentas de IGIC

Igual que el IVA, el IGIC no grava las operaciones entre particulares, donde se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) ni determinadas actividades que están exentas del IGIC como servicios postales, asistencia sanitaria, seguros, educación, servicios de asistencia social, empresas culturales, operaciones financieras y comercio minorista.

Además, los autónomos están exentos del impuesto si no superan los 30.000 euros de facturación anual.

La Zona Especial Canaria ZEC

La otra característica de las islas es la Zona Especial Canaria o ZEC, que convierten a la región en lo más parecido a un paraíso fiscal totalmente legal.

¿Qué es la zona ZEC?

Se trata de una zona de baja tributación que forma parte de Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) que busca fomentar el establecimiento de nuevas empresas en Canarias.

La ZEC está regulada por la Ley 19/1994 e incluye incentivos fiscales para determinadas empresas y negocios.

La zona ZEC en el impuesto sobre sociedades

La principal ventaja de la ZEC es que permite aplicar un tipo del 4% en el Impuesto sobre Sociedades, frente al 25% general que se aplicaría en el resto de los casos.

Para poder acceder a este gravamen reducido del 4% de la ZEC es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser una empresa o sucursal de nueva creación con domicilio en el ámbito de la ZEC (Canarias).
  • Que por lo menos uno de los administradores resida en Canarias.
  • Realizar una inversión mínima de 100.000 euros para las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 50.000 euros para el resto de islas. Esta inversión se puede realizar dentro de los primeros años de actividad.
  • Que la actividad de la empresa forme parte de la lista ZEC que puedes consultar en la Lista de Actividades Económicas ZEC.
  • Crear entre 5 y 3 puestos de trabajo dentro de los 6 meses posteriores a la inscripción. El número de empleos depende de la isla en la que resida la empresa.

Estos límites de inversión mínima se pueden reducir en caso de contratar más empleados.

Otros beneficios de la ZEC

El Impuesto sobre Sociedades no es el único que se beneficia de la ZEC. A través de la Zona Especial Canaria también quedan exentos de retención en España los dividendos distribuidos por filiales en la ZEC a las sociedades de otros países dentro del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

También estarán exentos los intereses y demás rendimientos por la cesión a terceros de capitales propios y las ganancias patrimoniales obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.

Las empresas establecidas en la zona ZEC también están exentas de pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Jurídicos Documentados por la compra de bienes y derechos para desarrollar su actividad en el ámbito ZEC, así como en operaciones societarias.

Otras ventajas fiscales de Canarias

Más allá del IGIC y la ZEC, Canaria tiene otras ventajas fiscales para empresas y empresarios:

  • Deducción por producción de bienes corporales producidos en Canarias, que cristaliza en una deducción del 50% de la cuota íntegra del IRPF y en una bonificación del 50% en el Impuesto sobre Sociedades para actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras.
  • Reserva para Inversiones en Canarias o RIC que reduce hasta en un 90% la carga fiscal sobre el beneficio empresarial si se desarrollan ciertas inversiones que ayuden a crecer a la empresa.
  • Deducción de inversiones en activos fijos, que permiten aplicar una reducción del 25% en el Impuesto sobre Sociedades por la adquisición de activos fijos para la empresa.
  • Deducción por inversiones en I+D+i, con la que se aplica una deducción entre el 45% y el 75% en el Impuesto sobre Sociedades.

Así es como funcionan los impuestos en Canarias y su ZEC, que la convierten en un destino fiscalmente atractivo para empresas.

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